´Por consiguiente, el Tribunal insta a la parte actora adecuarse a la referida normativa jurídica y especifique los hechos controvertidos que pretende ser percibidos por el juez, así como identificar el objeto de la prueba. Así se decide.
Finalmente, en lo concerniente a la medida judicial solicitada, se le insta a señalar de manera específica cuál es la situación de riesgo manifiesto de ruina, destrucción o paralización de la producción agraria, agrícola o afines, de los bienes empleados para la actividad agraria y a quién se le imputa, señalando hechos concretos que deben ser demostrado o tener alguna presunción que lo relacione. Así se decide
´