DECIDE: En decisión por MAYORIA, es decir por los dos (02) votos del escabinado se declara la ABSULUCION del Adolescente Acusado: (RESERVADO), titular de la cédula de identidad Nº V-(RESERVADO), de 17 años, nacido el (RESERVADO), Hijo de (RESERVADO), Estado Civil Soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en (RESERVADO), por el DELITO: VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el Articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y sancionado en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la Ciudadana (RESERVADO); Absolución que procede conforme a lo estatuido en el Articulo 602, literal "e" de la Ley Especial, " NO HABER PRUEBA DE SU PARTICIPACION" o lo que se conoce en Derecho como " INDUBIO PRO REO" la Duda favorece al Reo, Se ordeno la cesación de la medida restrictiva impuesta al adolescente, lo cual comporta la cesación de cualquier medida cautelar y como consecuencia de la Absolución, la Libertad Ple.....