DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por el Fiscal V del Ministerio Público, en consecuencia se prolonga la suspensión del proceso a pruebas, en cuanto al cumplimiento de una de las condiciones pactadas en audiencia Preliminar de fecha 30-05-2012, por el lapso de dos (02) Meses adicionales contados a partir del día de hoy, venciendo el día 14-01-2013, quedando la joven adulta imputada, (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA), comprometida a no agredir física o verbalmente a la víctima (omitida); causa instruida por la comisión del delito de lesiones intencionales menos graves de grado de coautoría, previsto en el art.....