D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos RAMONA DEL CARMEN MENDOZA LOPEZ y FRANCISCO JAVIER GALLARDO MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.141.913 y V-10.644.777, respectivamente, domiciliado la primera Tricentenaria de Araure, Manzana E2, Araure, estado Portuguesa, número de teléfono 0426-3557732 y el segundo en la Urbanización Terraza San José, Araure, estado Portuguesa, número de teléfono 0414-1571338, número de teléfono 0412.613.4092, debidamente asistidos por el abogado JOSÉ SILVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 315.004 y adscrito a la Unidad Regional.....