TERCERO:
En razón de lo expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: declara sin lugar la solicitud de la parte Fiscal sobre la calificación de flagrancia, ordenándose la libertad inmediata desde la sede de este Tribunal del imputado IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, quien es Venezolano, natural de Guanare, de 15 años de edad, nacido en fecha 13-05-1.993, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 26.882.614, hijo de Yuly Andrade y Jonathan Guada, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, callejón 05 de Julio, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa. Así mismo se le impone la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad al nombrado de conformidad con el Articulo 582 literales b, c y f de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes en: 1.- que el imputado que.....