DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada en fecha 11 de enero del año 2006, por la abogada TANIA LUISA GIL NIELES, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, CONSORCIO MADERERO ITALO VENEZOLANO C.A. (COIVECA) y GIUSEPPE MASTROENI, contra sentencia de fecha 19 de diciembre de 2005 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2005 que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JOSÉ LEÓN MÉNDEZ, contra el CONSORCIO MADERERO ITALO VENEZOLANO C. A. (COIVECA) y GIUSE.....