ÚNICO: Ambos progenitores llegaron a un acuerdo que sea el padre ciudadano JESUS DAVID DURAN CASTRO, quien ejerza la custodia de su hija identidad omitida por disposición de la ley, ya que manifiesta que la madre ciudadana MARIANGEL LAURYMAR GUTIERREZ FRIAS, establecerá residencia en la República de Ecuador por motivos laborales. En tal sentido se les orientó a los progenitores, que ambos ejercen la responsabilidad de crianza compartida y que la custodia puede ser revisada y modificada en cualquier momento cuando las circunstancias que la generaron varíen, sin embargo el progenitor será responsable de la custodia de su hija, y debe garantizarle el derecho a un nivel de vida adecuado, salud, educación, disciplinar, ejercer los correctivos necesarios y recréalas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protecci.....