Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por el ciudadano Abogado EMILIO MORLES, Fiscal Cuarto del Ministerio Público Especializado para la Protección al Niño, Niña y adolescente, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre del niño (Identificación omitida conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra el ciudadano ADAN ALBERTO SEIJAS ZAMBRANO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.646.778 y domiciliado en Barquisimeto, estado Lara. En consecuencia el demandado preidentificado cancelará la cantidad de DOS MIL BOLI.....