Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana JUANA YRMINA TORRES, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de terreno municipal con una área total de Doscientos Veinticinco con Cuarenta y Un Metros Cuadrados (225,41 Mts2), consistente en: Una Casa de habitación familiar con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, dos (2) habitaciones, un (1) baño, un (1) lavadero, cocina, comedor, sala, porche, dos (29 puertas de hierro, dos (2) ventanas, con cercado de alambre de púa; ubicada en el Barrio San José, calle La Manga, del Municipio Guanar.....