Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se pudo constatar, por medio de la inspección judicial, se pudo constatar, el predio descrito por el solicitante, denominado "Los Hermanos Colmenarez", ubicado en el sector "MORADOR", Jurisdicción del Municipio Ospino, del Estado Portuguesa, la existencia de las mejoras y bienhechurías descritas en la solicitud; la tenencia por parte de los ciudadanos JHONATAN JOSÉ COLMENAREZ MONTES y YOHANDER JOSÉ COLMENAREZ GONZÁLEZ, quien ha fomentado esas mejoras y bienhechurías agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por los ciudadanos, JHONATAN JOSÉ COLMENAREZ MONTES y YOHANDER JOSÉ COLMENAREZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 24.023.364 y 25.710.045, en su orden, debidamente asistidos por el abogado, Jesús David Leal Vizcaya, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el nú.....