En consecuencia, este Juzgador, NIEGA lo solicitado por el abogado Luis Alejandro Jiménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 198.990, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, GABRIEL ALEXANDER ORTIZ GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, número 16.565.500, en su carácter de representante legal de la Sociedad Mercantil CONSORCIO AGROINDUSTRIAL PORTUGUESA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Portuguesa, en fecha 13 de septiembre de 2.016, bajo el N° 44, Tomo 57-A, expediente N° 411-18053, siendo su última modificación estatutaria, inscrita por ante la misma oficina de Registro en fecha 11 de diciembre de 2.017, bajo el N° 11, Tomo 99-A; por tratarse de un despacho de prueba, debiendo ser entregado por el Alguacil de este Tribunal. Así se decide.-