PRIMERO: CON LUGAR la demanda de partición incoada por la ciudadana ANGGI CAROLINA MONTERO, asistida por la abogada LORENA NAILIN CASTILLO, contra el ciudadano RUBEN ANTONIO RAMOS MORA.
SEGUNDO: Se ordena la partición de una parcela de terreno con su bienhechuria ubicado en la calle Nro. 10 con avenida Nro. 06-A, Sector Ciclo Básico de la ciudad de Villa Bruzual, Municipio Turen del Estado Portuguesa, con un área de terreno de ciento cincuenta metros cuadrados (150,00 mts2) y un área de construcción de ciento dieciséis con sesenta y seis metros cuadrados (116,66 mts2) y alinderada de la siguiente manera: NORTE: Parcela Nro. 050; SUR: Avenida Nro. 06-A; ESTE: Parcela Nro. 064 y OESTE: Calle Nro. 10, sector Ciclo Básico, propiedad de la comunidad conyugal según documento protocolizado por ante el Registro Público de la Ciudad de Villa Bruzual, Municipio Turen del Estado Portuguesa en fecha 11/06/2013 bajo el número 2.013.360, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 409......