DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, actuando en su condición de apoderado judicial de la entidad de trabajo ARROCERA 4 DE MAYO, S.A., en contra de la sentencia de fecha 11/08/2016, dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CON LUGAR, el referido recurso de apelación incoado por el abogado CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, actuando en su condición de apoderado judicial de la entidad de trabajo ARROCERA 4 DE MAYO, S.A., en contra de la sentencia de fecha 11/08/2016, dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del estado Portug.....