A partir de la fecha que de seguida se indica podrá optar al beneficio de confinamiento en fecha 29-05-2011, en virtud de que considerando el tiempo que le falta por cumplir de la pena principal que es de un (1) año dos (2) meses y un (1) día, lo cual evidencia que lógicamente las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo, Régimen Abierto y Libertad Condicional, se encuentran vencidas, resulta inoficioso realizar los cómputos correspondientes.
Regístrese. Notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente al Consejo Nacional Electoral; trasládese al penado a los fines de imponerlo del presente auto, remítase copia certificada de las Sentencias y del presente auto ejecutorio al Director del Establecimiento donde se encuentre recluido el penado; a la Dirección de Prisiones; División de Antecedentes Penales; Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio para el Poder Popular.....