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Decisiones del dia 17/09/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Páez
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1065-2010 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2010
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
JOSE ISRRAEL BURGOS, MARIA IRENE BURGOS, JUAN FRANCISCO BURGOS, MARIA CORINA BURGOS, ERNESTO DEL CARMEN MORALES BURGOS, WILLIAMS DE LAS MERCEDES MORALES BURGOS Y CELIA DOLORES BURGOS
Resumen:
En consecuencia, al no constar que alguna persona se hizo parte y haber deducido algún derecho, demostrado como está la condición de hijos, los ciudadanos JOSE ISRRAEL BURGOS, MARIA IRENE BURGOS, JUAN FRANCISCO BURGOS, MARIA CORINA BURGOS, ERNESTO DEL CARMEN MORALES BURGOS, WILLIAMS DE LAS MERCEDES MORALES BURGOS Y CELIA DOLORES BURGOS, con la respectiva copia certificada de las partidas de nacimiento y cédulas de identidad, de cada uno de estos ciudadanos, acompañadas a la solicitud y de los testimonios de las ciudadanas GONZALEZ FELIX Y ZALAZAR SANCHEZ ERIBERTO ANTONIO, se determina que los solicitantes son las únicas personas que integran la sucesión y no habiendo prueba de la existencia de otro heredero o legatario, se declara las presentes actuaciones título supletorio suficiente que acredita a JOSE ISRRAEL BURGOS, MARIA IRENE BURGOS, JUAN FRANCISCO BURGOS, MARIA CORINA BURGOS, ERNESTO DEL CARMEN MORALES BURGOS, WILLIAMS DE LAS MERCEDES MORALES BURGOS Y CELIA DOLORES BURGOS, ya .....
Juez/Ponente:
Aracelis Aguillón
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Páez
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N° Expediente : 1066-2010 N° Sentencia : Fecha: 17/09/2010
Procedimiento:
Cump. Obligación Entrega Inmueble Arrendado
Partes:
GASTONE AGOSI GALETTO/TASCA RESTAURANT LA CORAL, C.A
Resumen:
Se niega oficiar al Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito Judicial del Estado Portuguesa, para que informe sobre la solicitud 3739/2008 por cuanto la misma consta en original agregada a los autos en la causa principal. Se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo apreciación en la definitiva del capitulo IV. Se niega la admisión del Capitulo V De la Comunidad de la Prueba. Con relación al "mérito favorable de los autos" y al "principio de la comunidad de la prueba" reiteradamente ha sostenido el Tribunal Supremo de Justicia que el principio de la comunidad de la prueba, conocido también como principio de la adquisición procesal, es uno solo, esto es, que ambas expresiones son sinónimas, pero, lo más importante, es que no constituyen un medio probatorio que pueda ser producido por las partes en el lapso correspondiente, sino que significa que la prueba, luego de producida en el expediente no le pertenece a ninguna de las partes, sino al proceso y que el Juez debe.....
Juez/Ponente:
Aracelis Aguillón
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Páez
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