DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIA LAURA HERNANDEZ SIERRALTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.217, contra el auto de fecha 12 de agosto del año 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, el auto de fecha 12 de agosto del año 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare.
TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo.