Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuera impuesta al penado DONAIN ELISEO RAMOS SALAS, beneficio que cumplirá en el Establecimiento Comercial Asociación Civil de Productores, Consumidores y Servicios "Divina Pastora", ubicado en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, propiedad del ciudadano Freddy Ramón German Álvarez; todo de conformidad con los Artículos 479 Ordinal 1° y 501, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 66 y 67 ambos de la Ley de Régimen Penitenciario, quien cumplirá las condiciones impuestas en autos. Notifiquese lo conducente.