D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JOSÉ FRANCISCO CAURO y SORELIS DEL CARMEN MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números. V- 12.448.071 y V-11.078.084, domiciliados el primero en la urbanización Villas del Pilar, calle 03, sector tetras, casa N° 928-C, y la segunda en la urbanización Terraza de San José, casa 13, ambos de la ciudad de Araure estado Portuguesa, asistidos por el abogado JOAAN ALBERTO HERNANDEZ MONGUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° V-13.072.592, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 269.811, de conformidad c.....