y asimismo teniendo conocimiento este Tribunal de Control N° 2 de este Sistema Penal del Adolescente, a través del Sistema Juris 2000 que el adolescente Identidad omitida, por razones de Ley,
tiene orden de captura del Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente, en causa signada con el N° PY11-P-2008-013, es por lo que este Tribunal de Control Nº 2 Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECLARA EN REBELDIA al adolescente Identidad omitida, por razones de Ley,
y en consecuencia ORDENA SU UBICACIÓN, por lo que Líbrese el respectivo oficio al Comando Policial de la localidad donde el imputado tiene fijado su residencia a los fines de que se sirva localizarlo y trasladarlo hasta la sede de este Tribunal, en horas laborables, a los fines de la prosecución que se lleva en su contra. Diarícese. Notifíquese a las partes de la presente deci.....