Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado ROSALBA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública de los acusados LOYO JOSE ARCANGEL y JIMENEZ TOVAR RONALD ROBERTO y GONZALEZ GONZALEZ DIEGO SAMIL, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal constituido con Escabinos, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en fecha 09 de junio de 2006, mediante la cual CONDENO a los referidos ciudadanos, a cumplir la pena de Diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de Robo agravado, cometido en perjuicio de José de las Rosas Serrano Utrera.