DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos MARÍA RAMONA PINEDA, AURA MARÍA VALENZUELA DURAN, EVA MARÍA VALENZUELA DURAN y EFRÉN ARNOLDO VALENZUELA PINEDA, titulares de la Cedula de Identidad V-7.389.263, V-12.826.130, V-14.272.732 y V-20.641.512 como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante FREDDY ALTAGRACIO VALENZUELA GIMENEZ quien en vida era venezolano, portadora de la cédula de identidad N° V-1.117.349 de 81 años y residía en la Residencia Alessandra, calle 24, esquina 24, Apartamento 01, Piso 7, con Av. 5 de Diciembre de la Ciudad de Acarigua, Municipio Páez el Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 14 de Agosto del 2024, según consta de Acta de Defunción Nº 307, expedida por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, quien era concubino de la solicitante y padre de los ciudadanos, anteriormente identificados, y así se Decide y Establece.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fine.....