DISPOSITIVA
En suma por cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, corrige la pena principal de diez (10) años de prisión que le fuere impuesta al penado LUIS REYES MEDINA OCHOA, en sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal de fecha 02 de julio de 2004, por la comisión del delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento de la comisión del hecho punible, por la de ocho (08) años de prisión, en virtud de la revisión efectuada de conformidad con previsto en los artículos 24 de la Constitución Nacional, 2 del Código Penal, 31 de la Ley Orgánica contra el .....