Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano LUGO MARQUEZ JESUS ALBERTO, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presento, copia de Cédula de Identidad del solicitante y testigos, Cédula Catastral y Plano, emitidos por la Dirección de Catastro del Municipio Santa Rosalía, Estado Portuguesa, Carta de Ocupación y Constancia de Residencia emitida por el Consejo Comunal Poblado III, Sector I, Municipio Santa Rosalía, Estado Portuguesa, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las b.....