DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia Municipal y Estadal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara con lugar la Calificación de Flagrancia de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una vida libre de Violencia en concordancia con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y la prosecución por el procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el articulo 94 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a Vivir una vida Libre de Violencia.
2.-Acoge la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público de Amenaza y Violencia Física previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida .....