Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA en GUARDA y CUSTODIA el vehiculo de las siguientes características: CEDULA O RIF: v14469205, SERIAL DE CARROCERIA: R611SX22180, PLACA: 97SDAP, MARCA: MACK SERIAL DE MOTOR: T676 9E0163, MODELO: R611SX, AÑO;: 1977, COLOR: AZUL, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO, USO: CARGA NUMERO DE EJES: 2, TARA: 8000, CAP CARGA: 50000 KGS, SERVICIO: PRIVADO; al ciudadano VICTOR RAMON VARGAS, titular de la cedula de identidad N °9.842.943,, con la obligación de que deberá presentarlo cada vez que sea requerido por el Tribunal o por la Fiscalía del Ministerio Público. Asimismo se acuerda la devolución de los documentos originales del vehiculo, al ciudadano VICTOR RAMON VARGAS dejándose certificación en autos. Y así se d.....