Consta en autos, que este Tribunal, en fecha veintinueve (29) de julio de 2.024, fijó la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Pruebas, e igualmente consta en autos el día y hora fijado, no concurrió la ciudadana JENNY CAROLINA LINAREZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.436.648, ni asistió su representante judicial, abogado Jesús Armando Gil, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 104.134, como tampoco asistió la parte demandada ciudadanos HEBER MANUEL PERNIA SEPULVEDA y HEBER MANUEL PERNÍA GOTERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 14.732.133 y 28.293.912, según se evidencia en el auto de fecha diecisiete (17) de Septiembre de 2024, inserto al folio noventa y uno (91), lo que trae como consecuencia la EXTINCIÓN del proceso conforme lo dispone el 223 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.-