DECISIÓN
Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Mixto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara la responsabilidad penal del adolescente (Identidad Omitida), por la comisión del delito de Abuso Sexual, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo sanciona con las medidas de Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad, previstas en los artículos 620 literales d y c 626, 625 eiusdem, por el lapso de seis (6) meses, la primera y por el lapso de seis (6) meses, la segunda para ser cumplidas simultáneamente. Se declara el cese de las medidas cautelares impuestas al adolescente.
El Juez de Juicio
Abog Gerardo Pastor Arias
La Secretaria