En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la pretensión de Nulidad de Contrato de Compra Venta, incoada por los ciudadanos MARIA ELENA SILVA DE MORA, GENIA MARGARITA SILVA, YOCONDA DEL CARMEN SILVA, MACARIO JOSÉ SILVA y SIMÓN ARTURO SILVA, contra el ciudadano MIGUEL EDUARDO SILVA.
En consecuencia, queda nulo y sin efecto jurídico el contrato de compra venta celebrado entre la finada AURELIANA JUSTINA SILVA SILVA y el ciudadano MIGUEL EDUARDO SILVA, mediante el cual este ciudadano adquirió un inmueble constituido por una casa y la parcela de terreno sobre la cual está construida, en el Barrio Sucre, Calle 2, Casa Nº 1-26, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, signado con el Nº Catastral 18-04-02, Sector 19, Manzana 1.....