DISPOSITIVA.
Por razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Circuito del  Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación de fecha 01 de Abril  del año 2004, formulada por Abogado Juan Alcides Caro, en su carácter Coapoderado Judicial de la parte demandante y apelante ciudadano Wilmer Antonio Méndez,  contra  decisión de fecha 25 de Marzo  del año 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por considerar esta Juzgadora que la causa no estaba inactiva, tal como se señalo en la motiva. 
SEGUNDO: REVOCA: la decisión de fecha 25 de Marzo  del año 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución.....