Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, y por cuanto no hubo oposición a la solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle al niño Identificación omitida por disposición de la Ley, de 01 año de edad, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ QUEVEDO, quien falleció ab-intestato en fecha 05 de diciembre de 2013, en el Caserío San José de la Flecha (casa de habitación) de la Parroquia Virgen de Coromoto, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a causa de LESION DE MASA ENCEFÁLICA, PARO CARDIORESPIRATORIO, según acta de defunción, expedida por la Comisión de Registro Civil y Elect.....