En atención a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de jucio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la presente causa seguida al ciudadano JOEL ANTONIO PERDOMO PEREZ, Venezolano, natural de Guanare, estado Portuguesa, nacido en fecha 27-10-1979, de 36 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado: en La Comunidad del Cementerio, Calle Principal, Casa SIN, Guanare estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad V-17.260.639,por la comisión del delito de por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 Ley Orgánica sobre los derechos de la Mujer a una vida libre de violencia;por no haberse demostrado la comisión de los delitos atribuidos, aunado a la solicitud fiscal de Sentencia Absolutoria como parte de buena fe, debiéndose.....