DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el numeral 2. del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, R E V O C A la medida de LIBERTAD PROVISIONAL BAJO FIANZA que concedió al acusado JULIÁN GREGORIO JAIMES, debidamente identificado en el Expediente, mediante auto de fecha 19 de Marzo de 1998 inserto al folio 77, Pieza 1 del Expediente, el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal de esta misma Circunscripción Judicial;
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 250 ejusdem D E C R E T A la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD en contra del acusado JULIÁN GREGORIO JAIMES, quien incumplió reiteradamente su obligación de comparecer a los actos del proceso a los cuales e.....