DECISIÓN
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 08 de abril de 2.014, por el abogado José Samir Abouras, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 07 de abril de 2.014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada en fecha 07 de abril de 2.014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y en consecuencia queda REVOCADO el lindero provisional fijado en fecha 25 de Marzo de 2......