En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MANUEL RICARDO MARTINEZ RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.240.757, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.962 en su carácter de coapoderado judicial de la SOCIEDAD DE COMERCIO "FERREQUIPOS GALL, C.A.", debidamente registrada en el Registro Mercantil del estado Portuguesa en fecha 14/07/2020, bajo el N° 22, en el Tomo 6A-RM410 de los Libros de Registro de Comercio, bajo el Expediente N° 410-17137, representada por el ciudadano TANINO ALBERTO LA PLACA MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.409.070, contra el auto decisorio de fecha.....