PRIMERO: CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos: XIOMARA DEL CARMEN MEDINA ROA y JOSE GREGORIO QUEVEDO, ya identificados, decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional en fecha 15 de diciembre de 2015, según lo establecido en el artículo 189 del Código Civil en concordancia con lo pautado en el artículo 184 eiusdem.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los solicitantes, en fecha 07 de junio de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa, tal como se evidencia del Acta N° 77.
TERCERO: Líbrese los oficios correspondientes
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de .....