De lo expuesto anteriormente, y visto lo dicho de los testigos que participaron en la conformación de este justificativo, aunado a la norma legal en comento y al no haberse realizado ninguna Oposición, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana YOHANA ANDREA PASTO MALDONADO, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una Parcela de Terreno del Municipal, con un área total de cien metros cuadrados con sesenta y dos centímetros (100,62 mts2) ubicada en el Barrio Las Tablitas, calle 07, sector 02, casa s/n de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos.....