V
D E C I S I O N
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de hecho, realizado por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado RAMSES GÓMEZ SALAZAR, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, en fecha 08 de marzo de 2006.
SEGUNDO: A tenor de lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que señala: "Quien desista de la demanda o de cualquier recurso que hubiere interpuesto, pagará las costas, si no hubiere pacto en contrario", se condena en costas del recurso a la empresa mercantil SEGUROS LOS ANDES C.A.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Desp.....