Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24/02/2014 por el ciudadano Carlos Gregorio Liscano Urquiola, asistido de abogado contra la sentencia dictada en fecha 17/02/2.014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró Inamisible la demanda.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el a quo en fecha 17/02/2014, que declaró inadmisible la demanda interpuesta por el ciudadano Carlos Gregorio Liscano Urquiola, en su carácter de Presidente de la O.C.V. Valle Arriba en contra de la ciudadana Norma Araujo viuda de Couri, Presidenta de Inversiones José María, C.A.,
TERCERO: Se co.....