En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por el Abogado LAURENCE MIQUELENA NÚÑEZ, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA GRAZIA CAPRIOGLIO ZAMBRELLI, ambos identificados, en el presente procedimiento de jurisdicción voluntaria de solicitud de inspección extrajudicial.
En consecuencia, se declara la nulidad del auto de fecha 09-04-2012, y de los actos procesales subsiguientes, hasta el presente fallo, exclusive, y se acuerda la reposición del procedimiento, al estado que el Tribunal de la causa, por vía de despacho saneador, ordene a la parte solicitante, consignar el contrato de arrendamiento original respectivo o en su defecto, el título de propiedad del identificado inmueble, d.....