Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle, al ciudadano: ANIBAL JOSE PALMERA ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre la VIVIENDA FAMILIAR antes descritas y se le otorga Titulo Supletorio sobre la referida vivienda familiar, quedando a salvo los derechos de terceros, dicho solicitante presento: copia fotostática de la Cédula de Identidad de su persona, Documento de propiedad, debidamente Registrado, Cedula Catastral, Plano de Mensura expedidas por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Certificado de Empadronamiento, emanado de la Dirección de Catastro, Municipio Turén, Constancia de Residenc.....