DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; NIEGA la medida cautelar sustitutiva a la privación de Libertad solicitada por el Abogado Rafael Eduardo Peraza, en condición de defensor del acusado José Manuel Valera Herrera, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.955.482, natural de Acarigua Estado Portuguesa con fecha de nacimiento 12/08/1960, soltero, con residencia en Urbanización Juan Pablo II, sector III, manzana P-4, casa Nº 41Barrio 05 de Diciembre, calle 2, avenida 15, casa 84 Guanare Estado Portuguesa y acuerda Mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a fin de garantizar la realización del proceso todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 253 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. S.....