DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y conforme a lo previsto en el artículo 578 literal "F" de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes,) Condena al adolescente SE OMITE SU NOMBRE POR RAZONES DE LEY, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto en el Artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano JAIRO JOSE ZURITA, y lo condena a cumplir como sanción definitiva la medida de Privativa de Libertad, conforme al Artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por el lapso de un (1) año y ocho (8) meses, dicha sanción será ejecutada por el Tribunal de Ejecución, por lo que se ordena el reingreso a la Casa de Formación Integral Acarigua I. 2) Se acuerda mant.....