DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos FRANCISCO MIGUEL SEVILLA MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.041.468, domiciliado en la avenida 5, sector 1, casa N° 3-21, barrio La Romana, Araure, municipio Araure del estado Portuguesa, JIMENEZ MORALES YUBISAY ELIMAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.672.520, MORALES MIGUEL ANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.672.520 y PEÑA MORALES HUMBERTO ANTONIO9, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.377.272, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por la causante MORALES BARRETO DELIA ZORAYDA, quien era de nacionalidad venezolana, natural del estado Portuguesa, soltera, tenía 58 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.636.623 y ASÍ SE DECIDE Y ESTABLECE.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interes.....