PRIMERO: PROCEDENTE la impugnación a la cuantía teniéndose como valida la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 20.000,00) como estimación de la presente acción. SEGUNDO: PROCEDENTE la falta de cualidad del actor para intentar la presente acción, alegada por el ciudadano CRUZ MARIA DÍAZ SAAVEDRA, en virtud de la anterior declaratoria, en consecuencia, se declara SIN LUGAR la presente acción de NULIDAD DE LA ACTA DE ASAMBLEA, incoada por el ciudadano HECTOR JULIO MORAN GONZÁLEZ, contra el ciudadano CRUZ MARIA DÍAZ SAAVEDRA, en su carácter de de presidente y socio de la sociedad mercantil FABRICACIONES INDUSTRIALES "LA ESPIGA, C.A.".