le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento a la presente acción de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, propuesto por la parte actora, en la causa incoada por el Abogado EDGAR ANTONIO CARRIZO, en su carácter de endosatario en procuración, del ciudadano JOSÉ ELIO OVALLOS, contra la ciudadana MARIA FERRER, todo conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece y decide.
En consecuencia se suspende la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL acordada por este Tribunal en fecha 28 de Noviembre del 2005, oficiándose lo conducente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Esteller y Santa Rosalía de este Circuito y Circunscripción Judicial.-