ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de MULTA POR EL MONTO DE CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 de esta Circunscripción Judicial mediante decisión de fecha 17 de Noviembre de 2014 a los penados LUIS JOSÉ DÍAZ MONTOYA, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.543.075, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 16 de Noviembre de 1991, de estado civil soltero, de profesión Licenciado en Administración, residenciado en la Urbanización José Ricaurte, Calle 03, Sector 09, casa N° 30, Guanare, Estado Portuguesa; CARLOS LUIS DELGADO, de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 27 de Diciembre de 1978, de estado civil soltero, de ocupación mecánico, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.204.133, residenciado.....