DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, a favor del adolescente Identidad omitida, por razones de Ley,
, venezolano, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, específicamente el delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto en el artículo 376 del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña Identidad omitida, por razones de Ley,
, de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud del total y cabal cumplimiento de las obligaciones impuestas durante el lapso establecido de suspensión del proceso a prueba. Se ordena librar el oficio respectivo al Equipo Técnico Multidisciplinario.....