Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA.
QUINTO: Se condena al demandado CLAUDIO ROJAS, Titular de la Cedula de identidad N° 6.589.236 a pagarle al ciudadano RAMON JOSE RIVERO la cantidad de 21.543,87 Bs F. al ciudadano LEONARDO BRICEÑO la cantidad de 30.852,53 Bs F. y a pagarle al ciudadano FERZZYS TORREALBA BONILLA la cantidad de 42.045,87 Bs. F por concepto de las prestaciones que fueron declaradas con lugar en el presente juicio.
SEXTO: Visto que la presente demanda, fue declarada CON LUGAR, Se condena en costas procesales, a la demandada por la naturaleza del fallo, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y regístrese la anterior sentencia.
Es justicia en Acarigua a los 22 días del mes de septiembre del 2008.