DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida en contra del adolescente SE OMITE SU NOMBRE POR RAZONES DE LEY, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Venezolano y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, el primero en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de SE OMITE SU NOMBRE POR RAZONES DE LEY en perjuicio del Orden Público, por haber ocurrido la muerte del acusado objeto del presente proceso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 1 y 318 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa d.....