Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: 1.).- Niega el pedimento de los accionantes en revisión, en cuanto a la remisión del expediente, a la Sala Constitucional, contentivo de la decisión cuya revisión se pretende. 2)..- Remitir el escrito de la acción de revisión presentado, debidamente foliado, conjuntamente con copia certificada de esta decisión. En consecuencia, se ordena el desglose del escrito de revisión, y, en su lugar, se deje copia certificada del mismo. Y así se decide.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero.
Ponente
La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,
Moraima Look Roomer. Clemencia Palencia García
El Secretario.
Giuseppe Pagliocca
Seguidamente se cumplió lo o.....